ANEXO
Declarantes autorizados para menores de 0 a 16 años

Personas que podrán inscribir al menor de edad


a) Cualquiera de sus padres, de sus hermanos mayores o de quienes ejerzan su tenencia.
b) Sus tutores o guardadores.

Las personas mencionadas en los incisos a) y b) precedentes deberán acreditar su parentesco o relación con el menor ante el Registrador con la siguiente documentación:

Declarante Documento
Padres. DNI
Ascendientes. DNI y Acta de Nacimiento del Padre.
Tutores. Resolución Judicial.
Hermanos mayores de edad de los padres. DNI y Acta de Nacimiento del declarante, padre o madre, según sea el caso.
Hermanos mayores de edad del titular. DNI y Acta de Nacimiento del declarante.
Representantes de la Defensoría del Niño. Resolución de designación.
Directores de Centros de Protección. Resolución de designación.

Para el caso de los declarantes extranjeros presentarán Carné de Extranjería o Pasaporte.