RENIEC - Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
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Condenan a ciudadano que obtuvo dni con datos falsos

Lima 21 de julio, 2014.- El Poder Judicial condenó ayer a un ciudadano nacido en la localidad de Iñapari (Madre de Dios) que, para tramitar un Documento Nacional de Identidad (DNI), presentó ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) documentos que contenían datos falsos.

John Fitzgerald Reátegui Lozano ya tenía un DNI cuando en el año 2000 solicitó, ante una oficina del RENIEC en Lima, un DNI como Juan Kiyohara Lozano. Para probar que se llamaba así, presentó una Libreta Militar con ese nombre y así obtuvo un DNI con el que obtuvo un pasaporte y viajó a Japón.

Años después el RENIEC adquirió el Sistema Automatizado de Identificación Biométrica (AFIS), que permite identificar a las personas mediante sus huellas digitales. Gracias a esta herramienta, en el 2007 se detectó que las impresiones dactilares de Reátegui Lozano y de Kiyohara Lozano correspondían a la misma persona, y fue cancelado el segundo documento de identidad.

Además de dejar sin efecto el DNI de Juan Kiyohara Lozano, el RENIEC denunció a John Fitzgerald Reátegui por el delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica.

El Ministerio Público solicitó para el acusado la pena de cinco años de pena privativa de libertad efectiva, 270 días multa y, por concepto de reparación civil, la suma de cuatro mil nuevos soles. Sin embargo, como Reátegui Lozano admitió ser el autor del delito y se comprometió a pagar la reparación civil, el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata decidió condenarlo a tres años de pena privativa de libertad, y a suspender su ejecución por un periodo de prueba de un año. Además, le impuso el pago de una multa de S/.437.50 soles, y una reparación civil de S/.1,500 nuevos soles.

CÓDIGO PENAL - Artículo 428º

El que inserta o hace insertar, en instrumento público, declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento, con el objeto de emplearlo como si la declaración fuera conforme a la verdad, será reprimido, si de su uso puede resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa. El que hace uso del documento como si el contenido fuera exacto, siempre que de su uso pueda resultar algún perjuicio, será reprimido, en su caso, con las mismas penas.

PRENSA/msr


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2014