RENIEC - Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
Inicio. Preguntas Frecuentes Contacto Mapa Web
Portal de Transparencia
Tecnologia que nos identifica Domingo, 27 de Abril del 2025  
 

  NOTICIAS/ Sala de Prensa
 
  Fotos Imagenes
  Otras Imagenes
 Descargar Descargar



Muertes deben registrarse para obtener Acta de Defunción

Lima 30 de octubre, 2013.- Cuando un peruano muere se puede obtener, sin costo alguno, el acta o partida de defunción correspondiente, inscribiendo el deceso en una municipalidad o en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Si se elige esta segunda opción, las copias de dicha partida pueden solicitarse en cualquiera de las agencias que el organismo registral tiene en el país o en las Plataformas Virtuales Multiservicios (PVM) instaladas en Lima y Callao.

Para la inscripción se requiere el certificado de defunción, documento que suscribe un médico dando fe de que la persona ha dejado de existir y señalando la causa del fallecimiento. Si se trata de una muerte violenta –producto de un accidente, suicidio u homicidio–, el certificado debe ser firmado por un médico legista e ir acompañado del protocolo de necropsia, y de un parte judicial o un oficio de un juez o fiscal.

Después de emitida el acta, la información que  contiene se traslada al RENIEC, que procede a restringir el Documento Nacional de Identidad (DNI) del difunto.

Si la muerte ocurre en el extranjero, las oficinas consulares la registran y la comunican al RENIEC.

En algunos lugares el registro se hace a mano y en otros, utilizando un acta electrónica.

Próximamente el RENIEC pondrá a disposición del Ministerio de Salud (MINSA) un sistema que permitirá, de manera electrónica, la verificación de la identidad del difunto y la emisión del certificado de defunción.

Otros datos

  • Cualquier persona puede inscribir una defunción, siempre y cuando se identifique con su DNI y presente los documentos exigidos.
  • No es necesario que el acta de defunción se tramite en la municipalidad o agencia del RENIEC ubicada en el distrito donde vivía el difunto o donde ocurrió la muerte.
  • El RENIEC cobra S/ 10 soles por una copia certificada de partida de defunción.

PRENSA/msr


Regresar
30
OCT
2013