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¿Código Electoral?

Domingo García Belaúnde

Constitucionalista

 

En semanas pasadas el Jurado Nacional de Elecciones remitió al Congreso de la República dos proyectos, uno sobre código electoral y otro sobre procesos electorales. Queremos aquí centrarnos en el primero.

Lo que hay que aplaudir es que el jurado haya tenido esta iniciativa y la haya concretado. Esto por cuanto son varias las entidades públicas e incluso poderes del Estado que tienen esta facultad expresa, y rara vez han hecho uso de ella.

Lo segundo que cabe preguntarse es si un código es necesario o importante aquí y ahora. Por un lado, debemos tener presente que la figura del código se forjó en el siglo XIX –me refiero al concepto moderno de código- y ha tenido una larga vigencia, convirtiéndose prácticamente en un paradigma para el legislador. Pero en las últimas décadas han demostrado que no todo es codificable ni tampoco es recomendable hacerlo. Tenemos el caso especial del Código de Comercio que prácticamente ha desaparecido y los intentos por resucitarlo no han dado frutos, no obstante que la comisión que preparó la ley de títulos-valores y la ley de sociedades se denominaba «Comisión revisora del Código de Comercio». En otros campos, como el del derecho administrativo, existe todavía cierta resistencia, y nada que decir con referencia al aspecto laboral. Se piensa a veces que el código petrifica una realidad y a veces eso sucede. Pero la idea de código, en cuanto tal, no ha desaparecido.

En mi experiencia personal, que compartí con numerosos colegas, éramos partidarios de la unificación de los procesos constitucionales que tenían una legislación dispersa, que venía del siglo XIX.  Y pensamos primero en una ley general y finalmente nos quedamos con la idea del código. El legislador lo sancionó en el 2004 y nuestro Código Procesal Constitucional ha trascendido nuestras fronteras.

En el caso del Jurado Nacional de Elecciones, creado en 1931 e innecesariamente desarticulado por el oficialismo en 1993 –si bien el RENIEC y su funcionamiento han demostrado ser todo un acierto-, tiene una larga experiencia, que recién es rescatable en los períodos democráticos y no durante las dictaduras o «dictablandas» que hemos tenido en las últimas décadas. Y todo esto es necesario ponerlo por escrito, pues cada proceso electoral es un torneo de curiosidades, de espectáculos y de pleitos. Es bueno, pues, sentar las reglas del juego que pocos conocen y ordenar lo que está desordenado.

Sin entrar al detalle, es indudable que existen temas que hay que resolver cuanto antes. Entre otros muchos, señalo la necesidad del voto voluntario, la eliminación del voto preferencial y los requisitos para ser congresista. Y por cierto, precisar las causales de vacancia, que ahora no están claras y que habrá que precisar cuáles de ellas requerirá una reforma constitucional, y cuáles no.

Por cierto, todo proyecto es debatible y sujeto a mejoras. Y esto es lo que esperamos. Un código como el que se ha presentado, de ser aprobado, traerá como consecuencia un hecho adicional: la consolidación en tre nosotros de una disciplina: el Derecho Electoral, casi desconocido, a diferencia de otros países en donde existen cátedras, revistas especializadas y congresos sobre la materia. Al Jurado Nacional de Elecciones debemos agradecer este gran esfuerzo en pro de un mejor funcionamiento de nuestro sistema electoral.

 

(Publicado en el diario El Comercio el 23/01/2012)

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