Ya son más de dos mil las municipalidades de centros poblados del país que han regularizado ante el RENIEC el funcionamiento de su oficina de registro civil, de tal manera, que ahora los nacimientos, matrimonio y defunciones de dichas localidades serán registradas en libros de actas oficialmente.
Para ello han seguido un trámite con los siguientes requisitos.
a) Solicitud dirigida a la Gerencia de Registros Civiles sito en la avenida Javier Prado Este 2392, San Borja- Lima.
b) Copia de Resolución de creación de Municipalidad de Centro Poblado (Expedida por la Municipalidad Provincial).
c) Copia de Resolución de designación o nombramiento de autoridades (Expedida por la Municipalidad Provincial).
d) Relación- Padrón escrita con número, nombres, firma y número de documento de identidad de personas (mayores de 18 años) y de habitantes en general, que justifique la delegación registral civil, incluyendo un estimado de la población de comunidades, caseríos, anexos u otros que se encuentren en la jurisdicción territorial, que abarca la solicitante y que se beneficiarían con el servicio registral.
e) Plano o croquis de ubicación y delimitación del centro poblado, precisando la distancia con el distrito en cuya comprensión se encuentra el centro poblado.
f) Formato hoja informativa de Autorización de Funcionamiento (lo proporciona RENIEC).
g) Hoja de registros de registrador de estado civil (lo proporciona RENIEC).
h) Copia de certificado de capacitación expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
Los beneficios son múltiples, entre ellos el llevar el control de los hechos vitales de sus respectivas localidades, no tener que trasladarse a la capital del distrito para realizar el registro correspondiente evitándose de esta manera los gastos que generan un viaje. Accesoriamente reciben, gratuitamente, capacitación de la Escuela Nacional del Registro de Estado Civil e Identificación del RENIEC para un correcto llenado de las actas así como la actualización jurídica que corresponde.
27/05/2008 |