Mediante Resolución Jefatural Nº 1202-2005-JEF/RENIEC se aprobó el anteproyecto del DNI electrónico, documento que actualmente está siendo usado para la identificación de ciudadanos en algunos países de la Comunidad Europea.
El DNI electrónico será un documento de identidad que tiene la misma información visible -similar al DNI que actualmente tenemos los peruanos-, pero que además cuenta con tecnología que permite identificar a las personas en sistemas telemáticos (por ejemplo a través de internet, redes de bancos, etc.), certificando que la persona es quien dice ser. El acceso a los datos contenidos en el DNI electrónico se realiza mediante una clave conocida sólo por el titular, similar a una tarjeta de débito.
Según el proyecto, el DNI electrónico será opcional (para quienes lo soliciten) y será válido como documento de identificación conjuntamente con el DNI actual.
Además de identificar a la persona detrás de la red, permite firmar digitalmente. Es decir, la persona al emitir un mensaje firmado digitalmente no podrá negar lo enviado y con ello se garantiza que el mensaje ha llegado íntegro, sin modificaciones facilitando las transacciones electrónicas.
El DNI electrónico además podrá albergar otras aplicaciones distintas a la de identidad, tal como podrá contener datos del brevete, historia clínica de la persona, cuentas bancarias, información tributaria, monedero electrónico para transporte público, etc. De esta manera se disminuirán los costos por emisión de otros documentos y además se le brindará mejor servicio y comodidad a las personas.
El proyecto del DNI electrónico peruano es el primero y único en toda América Latina y constituye la piedra angular para el desarrollo del gobierno electrónico y comercio electrónico en el país.
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