La Comunidad Andina de Naciones (CAN) aprobó en su decisión 503 que los ciudadanos de sus países miembros pueden identificarse -cuando viajen como turistas- con el documento nacional de identidad, sin necesidad de visa ni pasaporte.
La norma, vigente desde enero del año 2002, se aplica para los países miembros de la CAN: Bolivia, Colombia, Ecuador y el Perú. En Venezuela, que actualmente exige visa para la admisión de ciudadanos andinos en su país, la Decisión Nº 503 empezará a regir próximamente.
Cabe mencionar que por convenio firmado entre los dignatarios de Brasil, Ignacio Lula Da Silva y del Perú, Alejandro Toledo, y ratificado por los congresos de ambos países; el DNI peruano también es válido para ingresar sin necesidad de pasaporte al Brasil (país que no es miembro de la Comunidad Andina de Naciones) . Esta medida está siendo aceptada en la actualidad por vía terrestre y se encuentra en proceso de reglamentación por vía aérea.
Por su parte, Estados Unidos también reconoce al Documento de Identidad Peruano como documento de identificación en su sistema bancario, tal como lo informara la Secretaría del Tesoro de Estados Unidos, quien calificó de "serio y confiable" al Documento Nacional de Identidad que otorga el RENIEC, por lo que nuestros compatriotas podrán presentar su DNI para abrir cuentas bancarias, realizar operaciones comerciales o remitir dinero a sus familiares en cualquier agencia bancaria del país del norte. |