RENIEC - Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
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JEFE DEL RENIEC SE PRONUNCIA SOBRE LA REFORMA DEL SISTEMA ELECTORAL

El Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), Dr. Eduardo Ruiz Botto, manifestó su acuerdo con el dictamen de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, en el sentido de que el RENIEC no forme parte del sistema electoral, por ser un organismo altamente tecnificado.

"El RENIEC es un organismo altamente tecnificado y sólo dos de sus funciones, guardan relación con el sistema electoral, como son la confección del padrón electoral y la verificación de firmas cuando se realizan consultas populares, es decir, éstas son eventuales", afirmó el Dr. Ruiz Botto.

Precisó que su organismo cumple importantísimas funciones de carácter permanente y de suma trascendencia para el país por el carácter técnico que desarrolla, como son la inscripción de los nacimientos, matrimonios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil de las personas; el mantenimiento del Registro de Identificación de las Personas Naturales que en la actualidad alcanza los 16 millones de peruanos, así como la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI).

El citado funcionario indicó que el alejamiento del RENIEC del sistema electoral no significaría que no pueda seguir colaborando con dicho sistema proporcionando la información que requiera, al igual que lo efectúa con otros organismos del Estado.

Sin embargo, destacó que en el proyecto de reforma constitucional se ha omitido en el artículo pertinente lo relacionado con la inscripción de los nacimientos, matrimonios y defunciones, lo que es de vital importancia considerando que en la actualidad se encuentra el RENIEC en proceso de incorporación de los registros civiles a nivel nacional conforme a la Constitución de 1993 y a su Ley Orgánica 26497, lo que permitiría no sólo abaratar el costo de las partidas, sino su obtención a través de cualquiera de sus más de 200 oficinas a nivel nacional sin que los interesados tengan que desplazarse, tal como ocurre en los países desarrollados.

Respecto a si el sistema electoral peruano debe estar conformado por una o dos entidades, señaló que ésta es una decisión que le compete al Congreso de la República, considerando las ventajas que representa cada una de estas alternativas, los antecedentes en nuestro país, así como las corrientes más importantes en la legislación comparada.


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27
MAY
2004