Lima 05 de junio, 2020.- El Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (RENIEC) está generando automáticamente
actas electrónicas de las defunciones ocurridas durante la etapa de
aislamiento social obligatorio y lo seguirá haciendo hasta que finalice
el año. El ente público inscribe de oficio los fallecimientos, es decir,
sin que la inscripción de cada muerte haya sido solicitada en una
oficina registral. Además, el RENIEC actualiza la información
sobre los difuntos para que aparezcan como tales en la base de datos
donde se encuentran todos los peruanos que cuentan con un Documento
Nacional de Identidad (DNI). Una vez emitidas las actas, se pueden
obtener copias certificadas de las mismas a través de la página web www.reniec.gob.pe. En
condiciones normales, la defunción es inscrita en una oficina registral
por una persona que cumple el papel de “declarante”, quien se hace
responsable de la veracidad del Certificado de Defunción y recibe la
primera copia del acta (o partida) de defunción. Ahora, de manera
excepcional, el RENIEC emite las actas de las defunciones que no hayan
sido ni sean declaradas hasta el 31 de diciembre de 2020, con el fin de
evitar que los ciudadanos se acerquen a una oficina registral y así
reducir los riesgos que las aglomeraciones implican en la actual
situación de emergencia sanitaria. El trámite de inscripción es
actualmente innecesario, siempre y cuando se haya generado de manera
electrónica el Certificado de Defunción, documento mediante el cual un
profesional de la salud deja constancia de que una persona ha fallecido y
señala las circunstancias de la muerte, así como su posible causa. Este
documento es emitido en línea –ingresando automáticamente a la base de
datos del RENIEC– cuando el establecimiento de salud donde se produjo el
deceso cuenta con el Sistema Informático Nacional de Defunciones
(SINADEF). La decisión de generar actas de defunción de oficio fue
formalizada mediante la Resolución Gerencial N° 010-2020/GG/ RENIEC,
emitida el 26 de mayo de 2020. Registrar las muertes que se encontraban
pendientes de inscripción y las que ocurran hasta fin de año beneficiará
a aquellas personas que necesitan un Acta de Defunción para realizar
trámites relacionados con pensiones, herencias, seguros,
indemnizaciones, entre otros. Conviene saber • La
inscripción de una defunción, a diferencia del nacimiento, no es
territorial; es decir, se lleva a cabo en cualquier oficina registral,
sea del RENIEC o de la municipalidad. Además, no existe un plazo para
que la muerte sea ingresada en el sistema de registros civiles. • El
SINADEF es un aplicativo que utilizan establecimientos de salud y que
actualmente sirve para certificar el 70 % de las muertes ocurridas a
nivel nacional. El restante 30 % de certificados de defunción se sigue
emitiendo de manera manual. • Las actas de las defunciones ocurridas
hasta el pasado 11 de abril fueron generadas de oficio, al emitirse las
Resoluciones Gerenciales N° 006 y 009-2020/GG/ RENIEC, con el propósito
de depurar el padrón de las Elecciones Generales 2021. • Para saber si un acta registral se encuentra en la base de datos digital del RENIEC, ingresar a www.reniec.gob.pe / Servicios en Línea / Consulta de actas registrales. • Para obtener la copia certificada de un acta, ingresar a www.reniec.gob.pe / Servicios en Línea / Copias certificadas de actas / partidas. |