Lima 08 de mayo, 2020.- Los peruanos mayores de edad y las entidades públicas o privadas que necesiten dirigir un documento al RENIEC pueden presentarlo a través de la Mesa de Partes Virtual que el organismo registral ha puesto a disposición de la ciudadanía. De esta manera, se simplifica y moderniza un procedimiento que tradicionalmente ha requerido traslado físico de papeles, lo que implica problemas y riesgos en las actuales circunstancias.
Las mesas de partes de los organismos del Estado se encuentran cerradas y, cuando vuelvan a funcionar, lo harán con restricciones. El RENIEC, para facilitar la comunicación con sus usuarios, ha creado este canal virtual simplificado que, por el momento, concentrará la recepción documental. Posteriormente, se sumará a los canales virtuales ya existentes, que se irán reactivando progresivamente y cumplirán una labor complementaria a la Mesa de Partes.
Ahora es posible redactar un documento, firmarlo utilizando firma electrónica o digital y enviarlo mediante la aplicación a la que se accede en el siguiente enlace: https://apps.reniec.gob.pe/MesaPartesVirtual/. El remitente deberá proporcionar algunos datos personales para que su identidad sea considerada válida. En sentido contrario, el RENIEC mandará notificaciones a las direcciones electrónicas declaradas como propias por los ciudadanos y entidades.
Conviene saber: ¿Qué diferencia hay entre una firma electrónica y una firma digital?
- Para usar una firma electrónica, basta escanear una rúbrica manuscrita.
- Para usar una firma digital, se debe contar con un certificado digital. Así se garantiza la identificación del signatario, y que el contenido del documento, después de firmado, no ha sido modificado ni por su autor ni por otra persona.
- Una firma digital tiene la misma eficacia jurídica que una firma manuscrita cuando ha sido generada dentro del marco de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE).
- Tanto la firma electrónica como la firma digital son válidas en la Mesa de Partes Virtual del RENIEC.