Lima 22 de abril, 2020.- Un ciudadano no debe proporcionar a
ninguna persona los datos relacionados con su Documento Nacional de
Identidad (DNI), pues pueden servir para acreditar su identidad de
manera virtual. Dichos datos se encuentran en la base de datos del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), pero no
todos figuran en el DNI. Este es el caso de los nombres de los padres,
requeridos durante la solicitud del denominado Bono Independiente
otorgado por el Gobierno. El beneficiario debe colocar uno o dos nombres
de cada uno de sus progenitores –sin apellidos– tal como los declaró
ante el RENIEC cuando solicitó su DNI. Información como esta solo la
debe conocer el portador del documento para así evitar que sea
suplantado y otra persona cobre en su lugar el subsidio económico. Por
otro lado, el RENIEC recuerda a la ciudadanía las formas de acreditar
la identidad de una persona que no cuenta con su DNI, y de demostrar la
ocurrencia de un nacimiento o una defunción cuando estos hechos vitales
no han sido inscritos en la oficina registral de una municipalidad o del
RENIEC. Las siguientes alternativas tienen carácter excepcional, pues
el DNI vigente y las actas registrales serán requeridos una vez superada
la actual situación de emergencia sanitaria ocasionada por el
coronavirus. Si no se tiene DNI, debido a robo o pérdida, se puede
obtener un Certificado de Inscripción (C4) ingresando desde una
computadora a la página web www.reniec.gob.pe.
Si se trata de un DNI electrónico (DNIe), a través del Portal del
Ciudadano. El Certificado de Inscripción (C4) es gratuito para los
beneficiarios de los bonos que está entregando el gobierno. Si el
DNI caducó, sigue teniendo validez mientras se mantenga el Estado de
Emergencia Nacional, pues el RENIEC extendió la vigencia de los DNI que
hayan caducado, mediante la Resolución Jefatural N°
000043-2020/JNAC/RENIEC, publicada el 17 marzo 2020 en El Peruano. Si
no se inscribió un nacimiento, se puede mostrar el Certificado de
Nacido Vivo (CNV) que emite el profesional de salud para dejar
constancia de la ocurrencia de un parto. Si no se inscribió una
defunción, se puede mostrar el Certificado de Defunción (CDEF) que emite
el profesional de salud para dejar constancia de la ocurrencia de una
muerte. Finalmente, el RENIEC recomienda conservar el original del
Certificado de Nacido Vivo (CNV) y del Certificado de Defunción (CDEF),
pues cuando se reanude la atención en las oficinas registrales, dichos
certificados cumplirán su función habitual: servir como requisitos para
la emisión de las actas respectivas. El organismo público recuerda que
las inscripciones en los registros civiles podrán hacerse
posteriormente. El plazo para inscribir un nacimiento de manera
ordinaria es de 60 días calendario –o de 90 días, si ocurrió en una zona
alejada o de difícil acceso–, y el trámite de inscripción extemporánea
es muy sencillo y no reviste mayor complicación. Con respecto a las
defunciones, no existe plazo para su registro. Conviene saber Si
los nombres de los padres de un ciudadano se han registrado en el
RENIEC de manera incorrecta o incompleta, podrán modificarse realizando
un trámite de rectificación de datos de DNI o, sin costo adicional, al
renovar el documento. Cómo cobrar el Bono Independiente sin tener cuenta en el Banco de la Nación: https://m.youtube.com/watch?v=Z-efV80WpIs&t=17s. El procedimiento se lleva a cabo a través de la plataforma www.bonoindependiente.pe y no exige responder mensajes enviados por SMS ni por WhatsApp. |