Lima 15 de marzo, 2019.- Si un ciudadano cambia de estado civil o de domicilio, está obligado a actualizar el dato correspondiente en su Documento Nacional de Identidad (DNI) para evitar inconvenientes al momento de efectuar gestiones ante diversas entidades públicas y privadas.
Una persona no podrá obtener un duplicado de su DNI, si el RENIEC ha detectado que contrajo matrimonio pero figura como soltera en su documento de identidad. Es posible detectar esta inconsistencia al cruzar información de dos bases de datos del organismo público: la de identificación y la de registro civil.
De otro lado, el RENIEC lleva a cabo operativos de verificación de domicilios y, cuando comprueba que una persona no vive donde declaró vivir o que no existe la dirección declarada como lugar de residencia, introduce una observación en el dato registrado. La verificación generalmente se produce con el fin de comprobar la veracidad de los cambios domiciliarios y así localizar a posibles votantes golondrinos.
Base legal
De acuerdo a la Ley N° 30338, se debe proporcionar al RENIEC ''la dirección domiciliaria que corresponde a la residencia habitual del titular''. Esa misma norma establece una multa equivalente al 0.3 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) -S/ 12.60 soles- para aquellos ciudadanos que no cumplan con actualizar en el documento de identidad datos ''como los cambios de la dirección domiciliaria habitual o del estado civil del titular, dentro de los treinta días de producidos''. |