Funciones


De acuerdo a la Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC de fecha 31 de mayo de 2016, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, son funciones del RENIEC:
  • Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia;

  • Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas; así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y, los demás actos que señale la ley;

  • Emitir las constancias de inscripción correspondientes;

  • Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales;

  • Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones;

  • Mantener el Registro de Identificación de las personas;

  • Emitir el Documento Único que acredita la identidad de las personas; así como sus duplicados;

  • Promover la formación de personal calificado que requiera la institución, así como de los Registradores Civiles y demás personal que integra el Sistema Registral;

  • Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales pertinentes para la identificación de las personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso siguiente y en los incisos 1), 5) y 6) del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú

  • Velar por el irrestricto respeto del derecho a la intimidad e identidad de la persona y los demás derechos inherentes a ella derivados de su inscripción en el registro;

  • Garantizar la privacidad de los datos relativos a las personas que son materia de inscripción;

  • Implementar, organizar, mantener y supervisar el funcionamiento de los registros dactiloscópico y pelmatoscópico de las personas;

  • Brindar durante los procesos electorales, la máxima cooperación a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, facilitando, de ser necesario, el uso de su infraestructura, material y recursos humanos,

  • Realizar la verificación de la autenticidad de las firmas de adherentes para procesos señalados por la Ley, así como para el ejercicio de los derechos políticos previstos en la Constitución y las Leyes;

  • Emitir los Certificados Raíz para las Entidades de Certificación para el Estado Peruano que lo soliciten;

  • Mantener la confidencialidad de la información relativa a los solicitantes y titulares de certificados digitales; y

  • Cumplir las demás funciones que se le encomiende por ley.